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    <title>Pensamiento: Revista Facultad de Humanidades (Año 3, No 5, 2024)</title>
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    <updated>2024-05-22T19:52:00Z</updated>
    <published>2024-01-01T00:00:00Z</published>
    <summary type="text">Title: Pensamiento: Revista Facultad de Humanidades (Año 3, No 5, 2024)
Authors: UNAPEC</summary>
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    <title>La jurisdicción contencioso  administrativa interpretada  por el Tribunal Constitucional dominicano</title>
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      <name>Concepción Acosta, Franklin</name>
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    <updated>2024-05-09T21:20:24Z</updated>
    <published>2024-01-01T00:00:00Z</published>
    <summary type="text">Title: La jurisdicción contencioso  administrativa interpretada  por el Tribunal Constitucional dominicano
Authors: Concepción Acosta, Franklin
Abstract: La jurisdicción contencioso-administrativa fue configurada constitucionalmente como &#xD;
una garantía esencial del estado social y democrático de derecho, porque constituye un &#xD;
mecanismo creado para controlar que la administración pública actúe de forma subordinada al marco jurídico que regula su actividad (la Constitución, las leyes y los reglamentos), lo que permite a los ciudadanos acudir a un &#xD;
control judicial. Con la entrada en vigor de la modificación Constitucional de 2010, la jurisdicción adquirió connotaciones y papeles trascendentales para la vida de la nación. Además de sus atribuciones ordinarias de control judicial, a la jurisdicción de lo contencioso-administrativo de la administración pública se le confió́ un control permanente en derecho al establecer el artículo 165, numeral 2, que tiene atribuciones para conocer de los recursos contenciosos contra los actos, actuaciones y disposiciones de autoridades administrativas contrarias al Derecho como consecuencia de las relaciones entre la administración del Estado y los particulares, lo que la convirtió́ también en juez de la Carta Fundamental del Estado. En ese sentido, es necesario conocer las interpretaciones realizadas por el Tribunal Constitucional (TC) con relación a esa jurisdicción especializada, así como el alcance de sus atribuciones judiciales. // The contentious-administrative jurisdiction was constitutionally configured as an essential guarantee &#xD;
of the social and democratic rule of law because it constitutes a mechanism created to control that the &#xD;
public administration acts in a subordinate manner to the legal framework that regulates its activity (the &#xD;
Constitution, laws, and regulations), which allows citizens to resort to judicial control.&#xD;
With the entry into force of the 2010 Constitutional amendment, the jurisdiction acquired transcendental &#xD;
connotations and roles for the life of the nation. In addition to its ordinary powers of judicial control, &#xD;
the contentious-administrative jurisdiction of the public administration was entrusted with &#xD;
permanent control in law by establishing article 165, paragraph 2, which has powers to hear &#xD;
contentious appeals against acts, actions, and dispositions of administrative authorities contrary &#xD;
to the law because of relations between the State administration and individuals. which also made &#xD;
her a judge of the Fundamental Charter of the State. In this sense, it is necessary to know the &#xD;
interpretations made by the Constitutional Court (TC) in relation to this specialized jurisdiction, as &#xD;
well as the scope of its judicial powers.
Description: Franklin Concepción Acosta es Licenciado en Derecho, Universidad &#xD;
APEC, Unapec, 2001, Índice de Honor. Capacitación de Aspirantes a &#xD;
Jueces de Paz de la Escuela Nacional de la Judicatura (ENJ), 2005, equivale a Máster en Administración de &#xD;
Justicia. Maestría en Derecho Constitucional, Universidad Iberoamericana, Unibe, 2010. Máster en Derecho de la Administración del Estado, Universidad de Salamanca, USAL, España, 2011. Maestría en Derecho &#xD;
Tributario y Procesal Tributario, Universidad Autónoma de Santo &#xD;
Domingo, UASD, 2018. Doctor en Derecho, Programa Administración, &#xD;
Hacienda y Justicia en un Estado Social, USAL, Cum Laude, 2023.&#xD;
Docente de grado y postgrado de Derecho Constitucional, Administrativo y Tributario, en: Escuela &#xD;
Nacional de la Judicatura (ENJ), Escuela Nacional del Ministerio Público (ENMP), Unibe, UASD, Utesa, &#xD;
Unphu, Pucmm, USAL y Unapec. Reconocimiento del Colegio de Abogados de República Dominicana, 2013; &#xD;
Distinción de Honor de Unapec, 2016; Reconocimiento de la Escuela &#xD;
Nacional de Abogados, ENA, 2017. Profesor del Año y de la Escuela de &#xD;
Derecho 2023, UASD. Miembro del Comité Científico Internacional de la revista de Derecho &#xD;
Constitucional, del Tribunal Constitucional. Juez de Paz para Asuntos &#xD;
Municipales, Boca Chica, 2006; juez en funciones de Atención Permanente, provincia Santo Domingo, &#xD;
2007-2009; juez de la Primera Sala del Juzgado de Trabajo, misma provincia, 2010-2012, y juez presidente &#xD;
del Juzgado de Trabajo, 2012. Desde 2013 se desempeña como juez del &#xD;
Tribunal Superior Administrativo y actual presidente de la Quinta Sala &#xD;
de ese tribunal. Es autor de los libros El precedente constitucional en &#xD;
la República Dominicana, Apuntada Ley No. 107-13 sobre los derechos de &#xD;
las personas en sus relaciones con la Administración y de procedimiento &#xD;
administrativo, Teoría de las vías de ejecución en el Derecho Administrativo y Los referimientos; así como de &#xD;
varios artículos publicados en la revista Gaceta Judicial y otras revistas indexadas</summary>
    <dc:date>2024-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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    <title>Esencialidad patriótica en la línea discursiva y en el accionar del Tribunal Constitucional de República Dominicana</title>
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      <name>Gómez Ramírez, Wilson</name>
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    <updated>2024-05-09T01:44:30Z</updated>
    <published>2024-01-01T00:00:00Z</published>
    <summary type="text">Title: Esencialidad patriótica en la línea discursiva y en el accionar del Tribunal Constitucional de República Dominicana
Authors: Gómez Ramírez, Wilson
Abstract: Desde su instauración, quedó clara la directriz que seguiría el Tribunal Constitucional en lo &#xD;
concerniente a la proyección del ideal duartiano y la defensa patria. De hecho, antes de cumplir &#xD;
su primer aniversario se sometió una moción al Pleno de Magistrados para que el fundador de la &#xD;
República, Juan Pablo Duarte y Díez, fuera declarado Primer Constitucionalista dominicano, con &#xD;
el argumento de que el líder trinitario preparó un &#xD;
Proyecto de Ley Fundamental o Constitución Política en el cual se precisa su apego irrestricto al &#xD;
Estado de Derecho, al respeto a los derechos y garantías fundamentales, a la defensa de la soberanía nacional y al principio de autodeterminación, entre otros aspectos de singular importancia.&#xD;
En los discursos del presidente fundador del Tribunal Constitucional, Dr. Milton Ray Guevara, &#xD;
está presente el ideal duartiano, así como la vida, &#xD;
obra y ejemplo del Prócer, como se muestra en el &#xD;
siguiente fragmento: “Nuestra Constitución, la &#xD;
más avanzada de Iberoamérica, debe ser la fuente &#xD;
inspiradora de la revolución democrática duartiana, sustentada en el reino de la Constitución &#xD;
sobre gobernantes y gobernados, la justicia social, &#xD;
la prosperidad colectiva y la igualdad de oportunidad para todos. Ese es el mejor homenaje que &#xD;
podemos rendir a Duarte, al tiempo que servirá &#xD;
para garantizar la inmortalidad de la República &#xD;
Dominicana frente a los peligros de un mundo &#xD;
incierto y complejo”.//Since its establishment, the Constitutional Court &#xD;
made clear the directive it would follow regarding &#xD;
the projection of the Duartian ideal and the &#xD;
defense of the nation. In fact, before completing &#xD;
its first anniversary, a motion was submitted to &#xD;
the Plenary of Magistrates to declare the founder &#xD;
of the Republic, Juan Pablo Duarte y Díez, as the &#xD;
First Dominican Constitutionalist, arguing that &#xD;
the Trinitarian leader drafted a Fundamental &#xD;
Law or Political Constitution which emphasizes &#xD;
his strict adherence to the Rule of Law, respect &#xD;
for fundamental rights and guarantees, defense &#xD;
of national sovereignty, and the principle of selfdetermination, among other aspects of singular &#xD;
importance.&#xD;
In the speeches of the founding president of the &#xD;
Constitutional Court, Dr. Milton Ray Guevara, &#xD;
the Duartian ideal, as well as the life, work, and &#xD;
example of the Procer, are present, as shown in &#xD;
the following excerpt: “Our Constitution, the &#xD;
most advanced in Ibero-America, must be the &#xD;
inspiring source of the Duartian democratic &#xD;
revolution, based on the reign of the Constitution &#xD;
over rulers and governed, social justice, collective &#xD;
prosperity, and equal opportunity for all. That &#xD;
is the best homage we can pay to Duarte, while &#xD;
also serving to guarantee the immortality of the &#xD;
Dominican Republic in the face of the dangers of &#xD;
an uncertain and complex world”.
Description: Wilson Gómez Ramírez es Doctor en Derecho, de la Universidad Autónoma de Santo Domingo &#xD;
(UASD). Especialidad en Derecho Registral, de la Universidad Ramón &#xD;
LLull-Esade. Ha realizado estudios constitucionales en las universidades &#xD;
de Salamanca, Castilla La Mancha y Complutense, de España.&#xD;
Ha sido presidente de la Asociación Dominicana de Abogados, Adoma; del &#xD;
Colegio de Abogados de República Dominicana, y de la Federación de Colegios y Agrupaciones de Centroamérica &#xD;
y el Caribe. Ha sido registrador de Títulos del Distrito Nacional; coordinador &#xD;
nacional de los Registradores y Registrador de Títulos de San Cristóbal, y director nacional de Registro de Títulos. &#xD;
Fue juez del Tribunal Constitucional, 2011-2020, y miembro titular de la &#xD;
Junta Electoral del Distrito Nacional, 1994. Fue profesor de las universidades Tecnológica de Santiago (Utesa), &#xD;
APEC (Unapec) y O &amp; M Dominicana; a más de invitado especial de maestrías &#xD;
y diplomados de las universidades Autónoma de Santo Domingo (UASD) e &#xD;
Iberoamericana (Unibe), así como profesor internacional invitado por el Colegio de Registradores de España para &#xD;
los cursos de Derecho Registral para los Registradores de Iberoamérica, en la &#xD;
Universidad Autónoma de Madrid. Ha publicado las obras: Simbología patriótica de República Dominicana, Introducción al estudio del Derecho Inmobiliario Registral, Ética del profesional del Derecho, Efemérides barahoneras, Manual de Derecho Inmobiliario Registral, El sistema inmobiliario registral &#xD;
y la constitucionalidad del derecho de propiedad, y del Diccionario de Derecho Inmobiliario Registral.</summary>
    <dc:date>2024-01-01T00:00:00Z</dc:date>
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    <title>Las sentencias constitucionales del Tribunal Constitucional de República Dominicana</title>
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      <name>Acosta de los Santos, Hermógenes</name>
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    <updated>2024-05-09T01:36:18Z</updated>
    <published>2024-01-01T00:00:00Z</published>
    <summary type="text">Title: Las sentencias constitucionales del Tribunal Constitucional de República Dominicana
Authors: Acosta de los Santos, Hermógenes
Abstract: En este trabajo se estudian las tipologías de algunas sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional de República Dominicana las cuales, &#xD;
como se verá, coinciden, en sentido general, con las de los demás tribunales constitucionales.&#xD;
La investigación parte de la premisa de que el paradigma kelseniano, consistente en asimilar al Tribunal Constitucional a un legislador &#xD;
negativo, ha sido superado por la realidad y la práctica. Desde hace décadas esos tribunales no se limitan a dictar sentencias estimatorias (que acogen la acción de inconstitucionalidad) o sentencias desestimatorias (que &#xD;
rechazan la acción de inconstitucionalidad), sino que dictan las denominadas sentencias &#xD;
interpretativas en sus distintas modalidades.// This paper examines the typologies of certain &#xD;
judgments handed down by the Constitutional Court of the Dominican Republic, which, as will &#xD;
be seen, generally coincide with those of other constitutional courts. The research starts from the &#xD;
premise that the Kelsenian paradigm, consisting of likening the Constitutional Court to a negative &#xD;
legislator, has been surpassed by reality and practice. For decades, these courts have not been limited to &#xD;
issuing affirmative judgments (which uphold the action of unconstitutionality) or negative judgments &#xD;
(which reject the action of unconstitutionality), but rather they issue what are known as interpretative &#xD;
judgments in their various forms.
Description: Hermógenes Acosta de los Santos es Profesor de Derecho Constitucional &#xD;
y Derecho Procesal Constitucional. Magistrado del Tribunal Constitucional de República Dominicana &#xD;
(2011-2021). Presidente y fundador del Instituto Dominicano de Derecho &#xD;
Procesal Constitucional y director de la Revista Dominicana de Derecho &#xD;
Procesal Constitucional. Presidente de la Seccional Dominicana del Instituto Iberoamericano de Derecho &#xD;
Constitucional.</summary>
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